Condiciones para hacer cursos certificados por el MEFP. Preguntas frecuentes

¿Quién puede hacer estos cursos? 

Estos cursos se rigen por la normativa legal del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y están dirigidos a profesorado en activo (ver excepciones más abajo).


El Ministerio considera profesorado en activo, según la normativa legal vigente (ver Normativa legal, más abajo), a aquellos que han ejercido docencia o que están en una lista de interinos.

También pueden realizarlos con derecho a certificado oficial, un número limitado (15% del total de participantes) de personas con la titulación adecuada (Magisterio, Máster en educación o CAP), pero que no hayan ejercido la docencia (ver normativa debajo).

INVESTEA emitirá certificado propio a todos los participantes que superen el curso y lo soliciten, independientemente de sus circunstancias profesionales.

Los profesionales que reúnan las condiciones legales recibirán, además, un certificado oficial del Ministerio de Educación Español.

Pueden inscribirse profesores no españoles o que no reúnan las condiciones exigidas por el MEFP, sabiendo que recibirán solamente el certificado de INVESTEA.


¿Para qué sirve el certificado?

El certificado emitido por INVESTEA, al cual debe acompañar la diligencia emitida por el MEFP, sirve para acreditar la formación permanente del profesorado en cualquier circunstancia: sexenios, traslados, oposiciones, concursos de méritos, etc.

Los certificados, junto a sus diligencias emitidas por el MEFP, deben ser registrados en las Consejerías correspondientes por parte de los participantes.

La diligencia que emite el MEFP, se descarga de su Web y tarda un tiempo en ser emitida desde que el curso termina, por lo que recomendamos hacer los cursos con un margen de tiempo suficiente, antes de que se necesiten para sexenios, traslados, interinidades, etc.


Normativa legal:

Estos cursos están regulados por la Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado. (BOE del 28 de octubre de 2011). Aspectos fundamentales son:

“Las acciones de formación permanente irán dirigidas al profesorado y personal especializado de los centros que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, así como al de los servicios técnicos de apoyo educativo en las citadas enseñanzas. (Educación infantil, primaria y secundaria, bachillerato, formación profesional de grado medio, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio y las enseñanzas deportivas de grado medio).

Los profesores de enseñanzas no comprendidas en la citada ley no pueden acceder al certificado del Ministerio de Educación.

En los cursos, seminarios, grupos de trabajo y congresos, una vez alcanzado el número mínimo de personas participantes que sean Profesores, se podrán asignar plazas a quienes no habiendo ejercido la docencia, cumplan todos los requisitos para ello establecidos en el Real Decreto 1834/2008 y la Orden ECI/3857/2007. Estas plazas no podrán superar el 15% del total de los participantes”.

Teniendo en cuenta que según la normativa del Ministerio, los cursos “on line” requieren un mínimo de 30 profesores participantes para poder ser impartidos, podemos admitir un mínimo de cuatro personas que cumplan los requisitos legales para ser profesores (Magisterio, Máster en educación o CAP) pero que no hayan ejercido docencia y no figuren en ninguna lista de interinos. (Estas plazas se otorgarán por orden de inscripción. Ver más abajo otras condiciones)


Certificado:

logoinvestea

INVESTEA emitirá certificado propio a todos los participantes que superen el curso y lo soliciten, independientemente de sus circunstancias profesionales.

El certificado anterior será validado por el Ministerio de Educación a aquellos participantes que cumplan los requisitos legales.

Para ello, deberás enviar, cuando empiece el curso, una ficha de registro (que aparece como material en el propio curso), acompañada de un certificado del centro donde prestas servicio (tiene que especificar que se es docente), firmado por el director o secretario, o cualquier otro documento acreditativo de que se es docente, como puede ser una nómina.

Si has entrado en el cupo de profesores que no han ejercido nunca docencia, deberás enviar una copia de tu título.

En el caso de Comunidades Autónomas con idioma propio, estos certificados deberán estar traducidos al castellano.

Si te matriculas sin cumplir los requisitos necesarios o no envías la documentación requerida en tiempo y forma, y el Ministerio te deniega la validación del certificado, no tendrás derecho a ninguna reclamación.


Registro en las Comunidades Autónomas

Los certificados de Investea, junto con la diligencia emitida por el MEFP que los valida, deben ser llevados a registrar en la Comunidad Autónoma de cada participante. No se registran de oficio como los cursos organizados por las Comunidades a través de sus centros de profesores.

Es importante consultar la ley de Formación de Profesorado de cada comunidad, ya que aunque básicamente son una transposición de la ley del MEFP, algunas, como por ejemplo, Baleares piden que se adjunte un informe en el que se haga constar:

  1. Los objetivos, contenidos y metodología de la actividad realizada.
  2. Una reflexión sobre la transferibilidad de la formación recibida a la práctica educativa, acompañada de una propuesta de aplicación.

Condiciones, devoluciones:

Una vez comenzado el curso no tendrás derecho a la devolución del importe de la matrícula. Si renuncias antes de 3 días del inicio, te devolveremos el 100% del importe, descontando solamente los gastos derivados de la devolución, si los hay.

No te devolveremos el importe de matrícula en el caso de que hayas accedido al curso anticipadamente, en los casos en los que se permite un acceso anticipado a la fecha de inicio oficial.

La normativa exige un mínimo de 30 alumnos (profesores que cumplan la normativa) para que se pueda impartir un curso “on line”. Si no se matricula un número suficiente de personas para cumplir este requisito, INVESTEA suspenderá el curso y te devolveremos el dinero por el mismo procedimiento que hayas usado para pagarlo (paypal o transferencia), aunque ya hubieras accedido al curso. Si eres de los profesores que no han ejercido nunca y te matriculas fuera del cupo, te avisaremos de esa circunstancia y, si estás de acuerdo, esperaremos hasta el día anterior al inicio del curso para confirmar si puedes obtener certificado o no, si no es así y lo deseas te devolveremos el dinero de la misma forma que en el caso anterior. No tendrás derecho a ninguna reclamación adicional.

Si no realizas correctamente todas las tareas obligatorias y, por tanto, no completas el curso no tendrás derecho a ninguna reclamación ni devolución.

Por el hecho de matricularte estás aceptando la normativa y condiciones citadas anteriormente.


Repeticiones de curso:

La norma básica es que si no terminas el curso en el plazo legal, no tendrás derecho a certificado.

Sin embargo, en el caso de que fuera posible, te incluiríamos en la siguiente edición del mismo curso, sin tener que abonar de nuevo la matrícula y solamente una vez. Esto excluye a los cursos gratuitos (ODS-ABP), donde tendrán preferencia las nuevas inscripciones y a los cursos de los que no vaya a haber nuevas ediciones.

En el caso de que la edición siguiente no llegara a celebrarse por cualquier causa, no tendrás derecho a reclamación.


Para más información:

¿Tienes alguna duda? Escríbenos un email o llámanos

Email: investea@gmail.com

Tfno: 942 057 464

Móvil: 600 883 849

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